Legitimación activa para la revisión penal

AutorJesús Mª Barrientos
Cargo del AutorMagistrado y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)


La legitimación activa para promover e interponer, en su caso, el recurso de revisión, únicamente la tiene el condenado.

Contenido
  • 1 Legitimación del cónyuge y familiares del condenado para la interposición del recurso de revisión penal
  • 2 Legitimación del Fiscal del Tribunal Supremo para la interposición del recurso de revisión penal
  • 3 Normativa
  • 4 Jurisprudencia
  • 5 Ver también
  • 6 Recursos adicionales
    • 6.1 En formularios
    • 6.2 Esquemas procesales
  • 7 Legislación básica
  • 8 Legislación citada
  • 9 Jurisprudencia citada
Legitimación del cónyuge y familiares del condenado para la interposición del recurso de revisión penal

Pero en caso de que éste hubiere fallecido, con el objeto de rehabilitar su memoria y de que sea castigado el verdadero culpable, si lo hubiere y fuese conocido, esa legitimación para promover e interponer la revisión de la condena corresponderá al cónyuge del penado fallecido o a quien hubiere con él convivido en relación análoga a la del matrimonio, así como también por sus ascendientes y descendientes.

Legitimación del Fiscal del Tribunal Supremo para la interposición del recurso de revisión penal

El Fiscal del Tribunal Supremo (TS) estará igualmente legitimado para interponer el recurso de revisión, y podrá llegar a él por una doble vía:

  • Por iniciativa propia, cuando haya tenido conocimiento de algún caso en el que haya fundamento bastante para ello, de acuerdo con la información que haya practicado.

La doctrina constitucional referida al recurso de revisión, desde la Sentencia del Tribunal Constitucional (STC) 124/1984, de 18 de diciembre, [j 1] viene distinguiendo entre la legitimación para promover el recurso y la legitimación para su interposición. Esta última, la legitimación para la interposición del recurso sería monopolio estatal, de tal forma que únicamente correspondería el Ministerio Fiscal ya lo hiciese a instancia...

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