Composición del Tribunal del Jurado

AutorJesús Mª Barrientos
Cargo del AutorMagistrado y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)


Dos notas caracterizan al Tribunal del Jurado en la configuración legal dada a la institución en la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado (LOTJ):

1) No se trata de un órgano jurisdiccional permanente, es decir, que su constitución será determinada por cada proceso o causa singular que se siga por el procedimiento de la Ley del Jurado, disolviéndose una vez alcanzado el oportuno veredicto.

2) Se configura como jurado puro, es decir, integrado en su totalidad por ciudadanos legos en derecho, bajo la presidencia de un Magistrado con jurisdicción en el órgano en que se constituya el Jurado, pero sin que a éste le hayan sido asignadas funciones deliberativas y decisorias en la realización de las funciones genuinas del Jurado.

Contenido
  • 1 Funciones del Tribunal del Jurado
  • 2 Ver también
  • 3 Recursos adicionales
    • 3.1 Esquemas procesales
  • 4 Legislación básica
Funciones del Tribunal del Jurado

a) Emitir veredicto declarando probado o no probado el hecho justiciable que el Magistrado-Presidente haya determinado como tal, así como aquellos otros hechos que decidan incluir en su veredicto y no impliquen variación sustancial de aquél.

b) Proclamar la culpabilidad o inculpabilidad de cada acusado por su participación en el hecho o hechos delictivos respecto de los cuales el Magistrado-Presidente hubiese admitido acusación.

Ver también


Recursos adicionales

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Composición del tribunal del jurado


Esquemas procesales

Selección y constitución del Tribunal del Jurado

Legislación básica



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