El juicio prosigue con el informe oral en el que las partes exponen cuanto estimen procedente sobre la valoración de la prueba y la calificación jurídica de los hechos, comenzando por el Fiscal y demás partes acusadoras y acabando por la defensa de los acusados y de los terceros responsables civiles. La intervención de las partes en este trámite debe guardar coherencia con el contenido de las conclusiones elevadas a definitivas .
Pese a no establecerse al respecto ninguna previsión en la regulación del procedimiento abreviado, a la finalización de los informes de las partes el Juez o Tribunal se dirigirá al acusado ofreciéndole la posibilidad de hacer uso de su derecho a la última palabra .
Contenido
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Del desarrollo del juicio se levantará un acta, que firmarán el Juez o los miembros del Tribunal, el Secretario, el Fiscal y los abogados de la acusación y defensa. En la misma se reseñará el contenido esencial de la prueba practicada, las incidencias y reclamaciones producidas y las resoluciones adoptadas, pudiendo complementarse o substituirse por cualquier medio de reproducción mecánica, oral o escrita, de cuya autenticidad dará fe el Secretario.
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