Abogado del Estado en el proceso penal

AutorJesús Mª Barrientos
Cargo del AutorMagistrado y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)

El Abogado del Estado defiende los intereses del Estado en aquellos supuestos en que éste aparezca relacionado con la comisión de un delito.

Contenido
  • 1 Los letrados al servicio del Estado
  • 2 Formas de intervención del Abogado del Estado en el proceso penal
  • 3 Jurisprudencia
  • 4 Ver también
  • 5 Recursos adicionales
    • 5.1 En doctrina
  • 6 Legislación básica
  • 7 Legislación citada
  • 8 Jurisprudencia citada
Los letrados al servicio del Estado

Conforme a lo dispuesto en el artículo 447 de la Ley Orgánica Poder Judicial (LOPJ), la representación y defensa del Estado y de sus Organismos Autónomos, así como la de los Órganos Constitucionales, corresponde a los letrados integrados en los servicios jurídicos del Estado. Todo ello sin perjuicio de que, para casos determinados y de acuerdo con lo que reglamentariamente se disponga, pueden ser encomendadas a Abogado Colegiado especialmente designado al efecto (art. 447.1, LOPJ).

La representación y defensa de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales corresponde a los Letrados que sirvan en los servicios jurídicos de dichas Administraciones públicas, salvo que designen Abogado Colegiado que les represente y defienda. Los letrados integrados en los servicios jurídicos del Estado podrán representar y defender a las Comunidades Autónomas en los términos que se establezcan reglamentariamente (art. 447.2, LOPJ).

Se excluye el asesoramiento jurídico del Ministerio de Defensa y sus Organismos autónomos, que corresponde a los miembros del Cuerpo Jurídico Militar.

También queda excluida la asistencia jurídica de la Administración de la Seguridad Social, que corresponde al Cuerpo de Letrados de dicha Administración.

La función del Abogado del Estado aparece desarrollada reglamentariamente en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.

Formas de intervención del Abogado del Estado en el proceso penal

En el proceso penal, la intervención de la Abogacía del Estado puede manifestarse:

  • Como acusación particular cuando los intereses del Estado resulten presuntamente perjudicados por la comisión de un delito o falta.
  • Como letrado defensor en causas seguidas contra autoridades y/o funcionarios públicos que resulten acusados de la comisión de un delito cometido en el ejercicio del cargo, cuando se haya sujetado estrictamente a la legalidad vigente o haya cumplido una orden o instrucción recibida de la Autoridad competente.
  • Como letrado defensor...

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