Sobreseimiento en el proceso penal

AutorJesús Mª Barrientos
Cargo del AutorMagistrado y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)

El sobreseimiento es la resolución judicial, adoptada en forma de auto, que produce la terminación del proceso o la suspensión del mismo, por no concurrir todos los presupuestos necesarios para decretar la apertura del juicio oral (arts. 634 a 648 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 14 de setiembre de 1882 (LECrim.)).

Contenido
  • 1 Órgano competente para dicta el sobreseimiento en el proceso penal
  • 2 Vinculación del Tribunal en relación con el sobreseimiento en el proceso penal
  • 3 Sobreseimiento total y sobreseimiento parcial en el proceso penal
  • 4 Ver también
  • 5 Recursos adicionales
    • 5.1 En formularios
    • 5.2 En doctrina
    • 5.3 En dosieres legislativos
  • 6 Legislación básica
Órgano competente para dicta el sobreseimiento en el proceso penal

En el caso del Sumario ordinario esta decisión de sobreseimiento únicamente puede ser adoptada por el órgano con competencia para el enjuiciamiento, de tal forma que no podrá ser decidido nunca por el Juez de Instrucción.

Vinculación del Tribunal en relación con el sobreseimiento en el proceso penal

La decisión de sobreseimiento le viene impuesta al Tribunal en aquellos casos en los que es solicitado por todas las acusaciones personadas.

Si la única acusación es la mantenida por el Ministerio Fiscal y éste pide el sobreseimiento del Sumario, puede el Tribunal salir a ofrecer el procedimiento al perjudicado por el delito, y, si no es conocido su domicilio, publicar edictos en su llamamiento al proceso. En este caso, los edictos se publicarán en el Tablón Edictal Judicial Único y, transcurrido el término de emplazamiento sin comparecer los interesados en mantener la acción penal, el Tribunal acordará el sobreseimiento solicitado por el Ministerio fiscal.

Igualmente, si el Fiscal interesase un sobreseimiento que el Tribunal estima no procedente y no se hubiere personado acusación particular a sostener la acusación, podrá remitir la causa el Fiscal jefe respectivo para una nueva valoración de la petición Fiscal.

Si cualquiera de las acusaciones pide la apertura del juicio oral, el Tribunal no podrá decretar el sobreseimiento provisional en ningún caso, y el libre únicamente si estima que los hechos no son constitutivos de delito.

Sobreseimiento total y sobreseimiento parcial en el proceso penal

El sobreseimiento podrá ser total o parcial.

Será total en los casos en los que afecte a todos los procesados, en caso de ser varios, y produce como efecto característico el archivo de las actuaciones.

Será par...

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