Acomodación de procedimientos penales

AutorJesús Mª Barrientos
Cargo del AutorMagistrado y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)

La acomodación entre los distintos procedimientos como Sumario ordinario, Abreviado o de Tribunal de Jurado podrá ser instada y decidida en cualquier momento o fase en que se encuentre cada uno de ellos, desde el momento en que aparezca algún elemento que justifique la incoación de un procedimiento distinto al que está siendo tramitado.

Contenido
  • 1 Momento procesal para la acomodación del procedimiento penal
  • 2 Normativa
  • 3 Jurisprudencia
  • 4 Ver también
  • 5 Recursos adicionales
    • 5.1 En formularios
    • 5.2 En doctrina
  • 6 Legislación básica
  • 7 Legislación citada
  • 8 Jurisprudencia citada
Momento procesal para la acomodación del procedimiento penal

La petición y decisión de acomodación del procedimiento penal deberá ser tomada, en todo caso, con anterioridad al momento en que quede abierto el juicio oral . Ello porque, abierto el juicio oral, si en el curso de su desarrollo resultan calificados los hechos –en conclusiones definitivas – como constitutivos de un delito que hubiere de ser ventilado en procedimiento distinto, el mismo Juez o Tribunal –incluido el de Jurado– ante el que quedó abierto el juicio y ha celebrado el juicio deberá dictar sentencia, decidiendo incluso la acusación formulada por delito que hubiere de ser tramitado en procedimiento distinto. Se exceptúa el caso en que la nueva calificación del hecho lo sea por delito que escape del ámbito de competencia del Juez Penal, en cuyo caso deberá suspender el juicio en la fase en que se encuentre y remitir lo actuado a la Audiencia competente.

Normativa
  • Art. 14, sobre la competencia de los distintos Jueces y Tribunales, según la categoría de las infracciones sometidas a instrucción y juicio.
  • Art. 757, sobre determinación de los delitos que hayan de someterse al Procedimiento Abreviado.
  • Arts. 760 y 779.1.2ª y 3ª, sobre acomodación de los trámites de las Diligencias Previas-Procedimiento Abreviado a los demás procedimientos Ordinario, Jurado, de Menores, o juicio de Faltas.
  • Art. 788.6, sobre los efectos de la calificación sobrevenida en juicio como delito que exceda del ámbito de competencia del Juez Penal.
  • Art. 795, sobre el ámbito de aplicación del procedimiento de enjuiciamiento Rápido de determinados delitos.
  • Arts. 1 y 5, sobre los delitos a sustanciar en procedimiento ante Tribunal de Jurado.
  • Art. 48.3, sobre el cambio de calificación de los...

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